Abogados, Ayudas para proyectos de I+D de Almacenamiento Energético
PRIMERA CONVOCATORA DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES DE ALMACENAMIENTO ENERGÉTICO
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la convocatoria de ayudas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) para proyectos innovadores de I+D en almacenamiento energético, tanto para organismos de investigación y universidades como para empresas con actividades innovadoras, en el marco del PERTE EHRA de energías renovables, hidrógeno verde renovable y almacenamiento del (PRTR) para la ejecución de los fondos Next Generation EU.
Aunque en esta primera convocatoria contará con un presupuesto de 50 millones, la línea de ayudas está dotada con 150 millones de euros.
Actuaciones subvencionables
Proyectos de I+D de “desarrollo experimental” de almacenamiento energético que tengan un nivel de madurez tecnológica en estado pre-comercial, medida como TRL, entre nivel 6 y 8, y que, una vez finalizado el proyecto, llegue a TRL 9. Los proyectos deberán ser escalables. Los proyectos deberán, además, poder demostrar y probar productos innovadores de almacenamiento de energía a gran escala que sean eficientes cuando funcionen a un mínimo de 1MW de potencia o 1MWh de capacidad de almacenamiento, incluyéndose cualquier tecnología que permita el almacenamiento de energía que sea susceptible de ser incorporada a la red eléctrica. Los sistemas de almacenamiento deberán conectarse a la red eléctrica para su operación una vez finalizado el proyecto.
La convocatoria será tecnológicamente neutra; cualquier tecnología será elegible, en la medida en la que se encuentre en el nivel de madurez tecnológica requerido.
No serán elegibles los proyectos que se encuentren en fase de estar probados en entorno real en TRL 9 o que ya estén comercialmente o ampliamente desplegadas en España o a nivel internacional a gran o muy gran escala. Tampoco serán elegibles proyectos de investigación en fase inicial (básica o aplicada), el desarrollo de tecnologías o las tecnologías que se encuentren en un TRL 5 o inferior al inicio del proyecto
Conceptos susceptibles de ayuda.
- Costes de personal.
- Costes del instrumental y material amortizable durante la vida del proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes.
- Otros costes de materiales, suministros y equipos no amortizables.
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
- Los costes de formación relativa a los principios transversales del PRTR (transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género).
Plazos de presentación.
Del 8 de marzo de 2022 al 10 de mayo de 2022
Cuantía de las ayudas
El presupuesto asignado asciende a 50.000.000 €
Ayuda máxima por proyecto: 15.000.000 €.
Subvención a fondo perdido mediante concurrencia competitiva
El IDAE podrá adelantar al beneficiario el 80% de la ayuda otorgada, al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.
Intensidad de la ayuda:
Pequeñas empresas | Medianas empresas | Grandes empresas | |
Desarrollo experimental con carácter general | 45% | 35% | 25% |
Si está supeditada a la colaboración efectiva entre empresas o a la amplia difusión de los resultados, según lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 | 60% | 50% | 40% |
Destinatarios
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D.
- Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
- Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) número 651/2014.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
- Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
- Empresas Innovadoras de Base Tecnológica, según el artículo 56 de la Ley 2/2011
- Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.
Criterios de valoración
Las solicitudes se evaluarán conforme a la baremación porcentual siguiente:
- 35 % Viabilidad económica: se considerarán los costes unitarios del proyecto así como la menor necesidad de intensidad de ayuda pública.
- 20 % Características técnicas habilitadoras para la integración de renovables: se valorarán las características que optimicen la presencia de energías renovable en el sistema energético.
- 5 % Escalabilidad tecnológica y potencial de mercado: se evaluará que la tecnología propuesta pueda ser escalable, con particular atención a la garantía de suministro de materias primas críticas.
- 15 % Viabilidad del proyecto: se valorará positivamente una finalización temprana.
- 25 % Externalidades: creación de empleo, contribución al reto demográfico y a la transición justa, participación de pymes, entre otras.
Plazos de realización de actuaciones
Hasta el 30 de abril de 2026.
Desde EJI Abogados López-Ibor Mayor, nuestros expertos abogados en almacenamiento Energético, Abogados de energías renovables y Abogados de Fondos Europeos Next Generation EU le brindarán asesoramiento en todas las cuestiones necesarias para optar con éxito a las ayudas de esta convocatoria, no solo en su problemática jurídica sino a lo largo de todo el proceso, tanto en el análisis y la planificación previa del proyecto, como en la preparación de la documentación y en el acompañamiento durante todo el procedimiento de selección.