LOS MÉTODOS DE FINANCIACIÓN DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
Es fundamental para los abogados de energía en general y los abogados de renovables en particular conocer las cuestiones y novedades relacionadas con el sector energético. Asimismo, se hace imprescindible tener en cuenta que detrás de los motivos que pueden llevar a una empresa a financiar una instalación fotovoltaica se encuentran cuestiones tales como una falta de liquidez suficiente, no ser el core business de esta o, simplemente, el coste de oportunidad que supone destinar fondos a este fin.
Esta financiación es común que se lleve a cabo mediante financiación bancaria, renting, venta a plazos o PPAs.
El préstamo bancario se posiciona como la primera opción de financiación más extendida, entre cuyas ventajas se encuentran el hecho de poder ser el propietario de la instalación, acogerse a las posibles ayudas, y no tener que desembolsar el coste. Por el lado contrario, como desventaja principal, sabemos que si la empresa recibe un activo dentro del balance, este está financiado con deuda, corriendo los gastos a cargo del interesado.
El arrendamiento operativo es otra de las modalidades de financiación de instalaciones fotovoltaicas, cuya propiedad de la instalación pertenece a la entidad financiera hasta el fin del contrato, que pasará a formar parte del patrimonio del interesado si decide ejecutar la opción de compra. El principal atractivo de esta forma de financiación son los O & M y los seguros incorporados, así como tampoco resta capacidad de endeudamiento. Sin embargo, como contrapartida, encontramos el hecho relativo a la propiedad de la instalación y en que las cuotas de financiación suelen ser más elevadas que las de un préstamo.
La compra de instalación a plazos se sitúa como una modalidad de financiación en la que el interesado es el propietario de la instalación, pero está sujeto a unos tipos de interés más elevados que los de un préstamo bancario tradicional, aparte de tener que sufragar los gastos relativos a los aseguramientos. A pesar de ello, la falta de necesidad de realizar una inversión inicial, incluir los O & M y no restar la capacidad de endeudamiento de la empresa interesada, hace que sea una de las opciones más extendidas en el mercado.
Por último, la compraventa de energía a largo plazo, o PPAs, se asienta como uno de los modelos más característicos de este sector. En este método de financiación, la propiedad de la instalación es de la compañía fotovoltaica, con la posibilidad de su adquisición por parte del cliente al final del contrato, teniendo como ventajas el hecho de que no aparezca un pasivo en el balance del interesado en este concepto, incluir los O&M y los seguros correspondientes y la obtención de electricidad a un precio estable y predecible. En contraposición a esto, nos encontramos con que los PPAs suponen un compromiso de compra de energía de larga duración y con el hecho de tener que ceder el derecho de uso de la cubierta o del terreno durante la vigencia del contrato.
Estas formas de financiación abordadas son las más extendidas en el mercado internacional actual. Sin embargo, cada situación tiene matices muy diversos que deben ser atendidos con precaución para obtener el mejor resultado posible. Por ello, desde EJI Abogados López-Ibor Mayor, nuestros expertos abogados en PPAs, abogados de energías renovables, abogados en contratación eléctrica, y abogados en regulación energética, le ofrecen el asesoramiento necesario en todo lo relacionado con la financiación y compra de proyectos de energías renovables, incluyendo la redacción de contratos de suministro y compraventa de energía renovable y PPAs.